CENTRO
DE HISTORIA DE LA
PLAYA DE BELÉN | ||
EL CENTRO DE HISTORIA DE LA PLAYA DE BELÉN FUE RECONOCIDO OFICIALMENTE POR EL CONCEJO MUNICIPAL | ||
Dentro
de los actos protocolarios, desarrollados con motivo de la celebración
del sesquicentenario de la fundación del municipio, el presidente del Concejo,
señor Hernando Alfonso Velásquez V., entregó a Don Sixto
Nahún Ovallos Ascanio, Miembro Fundador, una copia en pergamino del Acuerdo
número 11, del 30 de agosto de 2012, que reconoce oficialmente la institución,
presidida por don Álvaro Antonio Claro Claro: | ||
LA
PLAYA DE BELÉN CONCEJO MUNICIPAL ACUERDO
No. 011 de 2012 EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA PLAYA DE BELÉN, CONSIDERANDO 1. Que el 30 de marzo de 2011 se creó el Centro de Historia de La Playa de Belén, como entidad sin ánimo de lucro, con funciones de carácter cultural, cuyos fines son los de preservar su memoria histórica y ejercer esmerada vigilancia sobre la conservación y protección de los monumentos municipales. 2. Que la mencionada entidad cumplió las formalidades requeridas para su desarrollo, como la convocatoria de una Asamblea General, la aprobación de estatutos y la elección de Junta Directiva. 3. Que es necesario estimular la creación de entidades culturales que fomenten las disciplinas intelectuales, promuevan el talento y dejen constancia histórica de los hechos más importantes de la región. 4. Que los miembros fundadores del Centro de Historia de La Playa de Belén han solicitado el reconocimiento de la Administración Municipal, con el propósito de armonizar sus actividades dentro del concepto de participación comunidad-gobierno, para avanzar en la eficiencia de los fines del Estado. ACUERDA: ARTÍCULO
1. Reconocer
el CENTRO DE HISTORIA DE LA PLAYA DE BELÉN como entidad de carácter
cultural, sin ánimo de lucro, creada para investigar, y divulgar la historia
local, regional y nacional; conservar los archivos públicos y particulares
con información de interés general, y fomentar la vocación
histórica; intervenir en los actos conmemorativos de acontecimientos históricos;
vigilar el mantenimiento y conservación de los monumentos históricos;
estimular el talento y enaltecer la labor de historiadores, poetas, escritores
y amantes de la ciencia y las artes; estimular la publicación de monografías,
ensayos, biografías y trabajos literarios de los asociados. ATÍCULO
2. El Centro
de Historia de La Playa de Belén será considerado como órgano
de consulta por la Administración Municipal para la expedición de
documentos oficiales que tengan relación con la memoria histórica
regional. ARTÍCULO
3. El Centro
de Historia conmemorará los acontecimientos más importantes de nuestra
memoria histórica, entre los cuales merecen especial exaltación
los siguientes: fundación o poblamiento, el 4 de diciembre de 1862; creación
del corregimiento de La Playa de Belén, el 15 de septiembre de 1913; traslado
de la cabecera municipal de Aspasica a La Playa de Belén, el 20 de marzo
de 1930; declaración de Bien de Interés Cultural de Carácter
Nacional, el 25 de julio de 2005. ARTÍCULO
4. El Centro
de Historia tendrá su sede en el lugar que, de acuerdo con la disponibilidad,
oportunamente determine el señor Alcalde Municipal. COMUNÍQUESE,
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
HERNANDO
ALFONSO VELÁSQUEZ V.
LUDY
JOHANA QUINTERO PEÑARANDA | ||